Normativa vigente sobre los Contratos de Mantenimiento
Lo que dice la Normativa Vigente sobre los CONTRATOS DE MANTENIMIENTO (Decreto 363/2004 de 24 de agosto):
Todos los usuarios de instalaciones que estén sujetos a inspección periódica, tienen obligación de subscribir un Contrato de Mantenimiento con una empresa autorizada.
Cada Contrato de Mantenimiento ha d?ir acompañado del correspondiente Libro de Mantenimiento dónde se registran los resultados de las revisiones y de las inspecciones.
A la firma de un Contrato de Mantenimiento, la empresa instaladora revisará la instalación y extenderá el correspondiente Dictamen de Reconocimiento firmado por un instalador autorizado de la empresa.
Aclaraciones
Los contratos de mantenimiento se renuevan anualmente
Las sucesivas revisiones y dictámenes de reconocimiento se harán, como mínimo, anualmente
Las instalaciones sujetas a inspecciones periódicas son:

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Cada cinco años
- Instalaciones industriales con PMA>100 KWI
- Locales de pública concurrencia
- Locales mojados con PMA>25 KW
- Piscinas con PMA>10 KW
- Fuentes accesibles a personas no autorizadas con PMA>10 KW
- Quirófanos y salas de intervención
- Alumbrado exterior con PMA>5 KW
- Locales con riesgo de incendio y explosión, clase I excepto garages de <25 plazas
Cada diez años
- Instalaciones comunes de edificios de viviendas conc PMA>100 KW